Marcha en repudio a la política del gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

  • Fotografía: Camila Peñalva
  • Reportajes, edición de audio y voz en off: Julián Retamozo
  • Texto: Ivana Nitti
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Días atrás, artistas autoconvocados se reunieron en una marcha La consigna fue visibilizar la aparente criminalización del trabajo de los y las artistas que ejercen a diario su labor en los espacios públicos de la ciudad.

Bajo el mote de “ruidos molestos”, un concepto carente de especificaciones en la modificación al Código Contravencional, cualquier sujeto anónimo puede hacer uso de la herramienta y denunciar anónimamente su molestia ante ruidos considerados por el denunciante como “molestos”. Dada la subjetividad del término, no está claro –y es en parte causa del reclamo- a que se refieren los legisladores porteños que han impulsado el proyecto como “ruidos molestos”.

En este contexto, Prisma estuvo presente en la marcha del 10 de julio frente a la Legislatura porteña y tuvo la oportunidad de dialogar con artistas de todas las ramas: cantantes, actores y actrices, payasos, murgueros y murgueras entre otros. Un amplio abanico de colores y arte que pusieron en tela de juicio las intenciones del Ejecutivo porteño.

“El Gobierno de la Ciudad quiere aprobar un Código Contravencional que afecta a los artistas callejeros. Este Código le da a la Policía el poder de meter en cana a los artistas, decomisar sus instrumentos y hacerles una multa.” Sostuvo Carolina, de Músicos Organizados, mientras que sobre el punto central y controversial manifestó: “la ley se ampara en el concepto de “ruidos molestos”, pero sin especificar a qué se refiere. Antes tenía que haber una denuncia, pero ahora cualquiera puede decir que le molesta un ruido y el artista callejero es quien pasa a ser perjudicado.”

Adriana de los Santos, dirigente de Músicos Organizados, sostuvo acerca del proyecto de reforma del Código Contravencional: “El cambio es central y jodido. Antes tenían un Código Contravencional que era una porquería, pero ahora es peor porque ya no tiene que mediar una denuncia y deja a juicio de los que son ruidos molestos a la policía. Esto es, en pocas palabras, una criminalización del arte callejero y sobre todo de la música que genera sonido.”

Un punto central que varios de los artistas sostuvieron fue “¿cuál es el criterio que la policía va a aplicar para determinar si se trata de ruidos molestos?” y, con esto, las dudas e incertidumbres de los artistas. “El arte es para la gente, que no se pierda el arte en las calles porque nos pertenece a todos y todas.”

Artistas independientes, colectivos, organizaciones, bailarinas y todos los artistas allí presentes en la marcha acordaron en que el Gobierno de la Ciudad “utiliza esta reforma de pretexto para capitalizarnos y porque no se banca que nos autogestionemos. Nos quiere reprimir.”

La normativa llamó la atención incluso a extranjeros que estaban de visita por Buenos Aires, como un muchacho francés que dialogó con Prisma. El joven resaltó no entender cómo llegamos a esto y concluyó “En París el gobierno da ayuda a los artistas callejeros y esto es bien visto en muchas ciudades del mundo.”

Al fervor del ruido de los artistas, el cual dista mucho de ser molesto, las expresiones artísticas presentes en aquella marcha se congregaron y levantaron ante el poder político que “quiere cortar las ideas”, en repudio a la persecución del Gobierno de la Ciudad al arte callejero que no es más que “manifestación de los pueblos”.

Las repercusiones que dejó la marcha

A partir de estas manifestaciones, el Ministro de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires Enrique Avogadro y el diputado porteño del Pro Daniel Presti se reunieron con las organizaciones independientes para comunicarles algunos cambios en el artículo 10 de la ley, que son modificatorios del artículo 85 del Código Contravencional. En el nuevo texto, se especifica que “No constituye contravención el ensayo o práctica de música fuera de los horarios de descanso siempre que se utilicen dispositivos de amortiguación del sonido de los instrumentos o equipos, cuando ello fuera necesario, tampoco las manifestaciones artístico culturales a la gorra. La responsabilidad de los titulares de los establecimientos culturales se limita a su ámbito de prestación de servicios a excepción de la conducta de sus dependientes en beneficio publicitario de estos.»

 

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